viernes, 24 de septiembre de 2010

BAJA VISION: ¿CAPACITADOS PARA CONDUCIR?

Una nueva norma de tráfico permite conducir a las personas con baja visión
Imágen: persona conduciendo

Una modificación del Reglamento General de Conductores permitirá a los ciudadanos con baja visión en un ojo conducir vehículos profesionales, como camiones de mercancías o autobuses escolares, pese que según la Sociedad Española de Oftalmología (SEO) son "inválidos visuales" y pueden suponer un riesgo en las carreteras.

En concreto, el Real Decreto 2356/2010 que publico el Boletín Oficial del Estado el pasado 10 de septiembre permite a los conductores profesionales conducir con una agudeza visual de 0,8 en el mejor ojo y 0,1 en el peor, sin necesidad de que utilicen una corrección óptica, cuando antes se exigía 0,8 y 0,5 respectivamente.

Según los oftalmólogos, una persona con esta agudeza visual conlleva un importante riesgo ya que quienes tienen 0,1 en un ojo sólo pueden leer la primera línea de las tablas de revisión y, a nivel jurídico, se consideran "tuertos" al volante ya que presentan "ceguera laboral".

Además, recuerdan que la visión se reduce durante la noche, de modo que un profesional con 0,8 de agudeza visual se queda en 0,6 en visión nocturna o en condiciones de baja visibilidad, lo que le convierte en "no apto", según el doctor José María Pérez y Pérez, responsable de Tráfico y Seguridad Víal de la SEO.

Este experto recuerda una persona con baja visión en un ojo "no sólo pierde campo visual sino también el sentido de la distancia, lo que en una carretera comarcal, de doble vía cuando tiene que adelantar, resulta un peligro, al desconocer cuando un vehículo viene o va".

El nuevo Reglamento, que trata de trasponer la legislación europea a la española, no contempla tampoco la limitación de la velocidad a las personas con baja visión.

Del mismo modo, aseguran desde la SEO, no incluye la obligación de comunicar a la Dirección General de Tráfico (DGT) los cambios en la capacidad visual.

PIDEN INFORMAR DE LAS CIRUGÍAS
"Tras toda cirugía ocular y con ciertas enfermedades se produce un ojo seco (no recogido en normativa) y una disminución a la sensibilidad al contraste. Así, quienes se han corregido más de tres dioptrías van a empezar a tener una mala visión nocturna y están más expuestos al deslumbramiento, por lo que el riesgo aumenta", advierte el doctor Pérez y Pérez.

Por ello, y en el marco del 86 Congreso Anual que se celebra estos días en Madrid, la SEO reclama que cualquier médico oftalmólogo pueda comunicar a la autoridad sanitaria competente si una persona está capacitada para conducir o no, y así la DGT pueda establecer revisiones obligatorias más frecuentes (contempladas en la ley anterior), como una vía más eficaz para evitar un accidente.

La mitad de los accidentes de tráfico con implicación de conductores mayores se relaciona con defectos de la visión. Según estimaciones de esta entidad, el riesgo de colisión de los vehículos conducidos por mayores de 65 años, se eleva hasta al máximo si estos conductores tienen catarata, glaucoma, retinopatía diabética o Degeneración Macular Asociada a la Edad (DMAE), una situación habitual en estos casos.

CAMBIO EN LOS RECONOCIMIENTOS MÉDICOS
El nuevo decreto también sustituye para el permiso de conducir a los oftalmólogos de los centros de reconocimiento médico por convenios con clínicas. Este convenio "debería realizarse con un oftalmólogo responsable acreditado, como unidad asistencial independiente, a través de un protocolo", según el doctor Pérez y Pérez.

Ante todas estas modificaciones, la SEO lamenta que se deja a criterio del médico general y de familia aspectos propios del oftalmólogo, cuestionando que estos profesionales puedan "asumir toda la responsabilidad de diagnosticar la capacidad visual orgánica y funcional, en especial si el conductor no se lo indica".

Fuente: http://noticias.lainformacion.com/

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