Para tener en cuenta

La información es proporcionada solo con fines informativos y no debe ser usada con fines de diagnóstico o tratamiento. Además no debe sustituirse para diagnóstico y tratamiento profesional. No soy oftalmologa, solo presento noticias e informes que no suplantan la información del medico profesional.

domingo, 20 de octubre de 2013

LENTES DE CONTACTO SUMINISTRADOS POR LA WEB...


En Colombia es ilegal el suministro de lentes de contacto por internet, según respuesta del INVIMA a derecho de petición interpuesto por la Federación Colombiana de Optómetras FEDOPTO.



Bogotá D.C. Agosto de 2013.
Debido a las continuas quejas que ha recibido la Federación Colombiana de Optómetras - FEDOPTO - sobre la venta de lentes de contacto por internet. Decidieron elevar un derecho de petición ante el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA - adscrito al Ministerio de Salud, cuyo objeto es la ejecución de las políticas en materia de vigilancia sanitaria y de control de calidad de medicamentos, productos biológicos, alimentos, bebidas, cosméticos, dispositivos y elementos médico-quirúrgicos, odontológicos, productos naturales homeopáticos y los generados por biotecnología, reactivos de diagnóstico, y otros que puedan tener impacto en la salud individual y colectiva, según el artículo 245 de la ley 100 de 1993 y en las demás normas pertinentes, durante todas las actividades asociadas con su producción, importación, comercialización y consumo.
Este derecho de petición fue radicado el 14 de Junio de 2013, donde se solicitó la aclaración de los siguientes puntos:

1. Si es posible en Colombia dispensar y comercializar lentes de contacto a través de páginas web con entrega por correo electrónico al paciente.

2. Si las páginas web nacionales e internacionales que dispensan y comercializan lentes de contacto en Colombia cumplen con los requisitos legales y están autorizadas para realizar esta actividad.

3. En el caso de que estas páginas web que dispensan y comercializan lentes de contacto a nivel nacional y local no estén autorizadas o ajustadas al ordenamiento jurídico que regula esta actividad en nuestro país que procedimiento y ante que autoridad se debe surtir para proteger la salud visual integral de la comunidad.

Lo anterior con el fin de aclarar si la dispensación y la comercialización de lentes de contacto a través de páginas web en Colombia garantiza la protección y seguridad de los pacientes que utilizan este medio de acceso.

De acuerdo a la respuesta por parte del INVIMA del derecho de petición anterior, resaltamos lo siguientes apartes:

1. Las actividades promocionales y publicitarias deben ser autorizadas por este instituto. Adicionalmente se destaca, que el Comité de Publicidad de ésta Dirección al instante de realizar la evaluación de los trámites de autorización de publicidad, tiene en cuenta aspectos científicos, técnicos y legales que buscan la protección al consumidor, teniendo en cuenta la calidad, idoneidad y seguridad de los productos. Es así, que no resulta viable que en Colombia se dispensen lentes de contacto a través de páginas web. Sin embargo, se aclara que las actividades de publicidad que no estén dirigidas a la dispensación deben ser evaluadas y de acuerdo a la información pautada pueden ser autorizadas por este instituto.

2. La adaptación y dispensación de los lentes de contacto sobre medida para la salud visual y ocular deben ser realizadas únicamente por ópticas con consultorios debidamente certificadas y/o acreditadas por las entidades territoriales de salud. Por lo tanto, estas actividades no pueden ser realizadas por otros canales de suministro como las páginas web.

3. Hasta la fecha de contestación del derecho de petición por parte del INVIMA - Agosto 2 de 2013 - esta institución no ha realizado evaluación a trámites de autorización de publicidad relacionadas con dispensación de lentes de contacto por página web, por lo tanto, las publicaciones realizadas por internet no cumplen con lo establecido en el artículo 58 del Decreto 4725 de 2005, ni lo establecido en la definición de óptica con consultorio del Decreto 1030 de 2007.

4. Se le solicita a la FEDOPTO, que una vez obtenga conocimiento de la realización de publicidad por páginas web u otros canales de comunicación que presuntamente estén incumpliendo la normatividad sanitaria vigente lo haga conocer ante esta Dirección para evaluar y realizar las acciones pertinentes.

Por último, OPTICAS.COM.CO alerta del riesgo de comprar lentes de contacto a través de páginas web y sus repercusiones irreversibles que pueden afectar la salud visual y la calidad de vida de la población Colombiana.

A continuación dejamos un enlace del INVIMA(Denuncia, quejas y reclamos) donde puede denunciar, levantar una queja o reclamo sobre este tipo de actividad, que incumple la normatividad vigente sanitaria Colombiana, y por lo tanto actúan de forma ilegal.

También aclaramos que la empresas de dominio .COM pueden no estar registradas en Colombia. Mientras que las empresas con dominio .COM.CO ó .CO si están registradas en Colombia.
INVIMA: Denuncia, quejas y reclamos
Fuente del artículo: Respuesta por el INVIMA a derecho de petición - FEDOPTO -

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Cuando se apaga la luz. Mi historia con Maculopatia

Cuando se apaga la luz. Mi historia con Maculopatia
No soy escritora, ni pretendo serlo, solo tuve la necesidad de dar un mensaje de aliento, dejar palabras positivas e informar, porque ese es el objetivo que tengo muy fuerte.Una enfermedad sea cual sea, puede vivirse de dos maneras: sentado lamentándose por lo que no se tiene o seguir adelante afrontando lo que nos tocó. Mi historia es simple, sencilla, pero escrita con el corazón.Estoy convencida que si sale de nuestro interior seguramente será suficiente para que te emocione, te movilice, te lleve a tomar la vida con otra mirada.Seguir siempre y a pesar de caer, ¡volver a levantarse! “Lo esencial es invisible a los ojos, solo se ve con el corazón…”